← Volver al diario

BOE MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030 · Resolución

ONCE modifica lotería

La Secretaría de Estado de Derechos Sociales publica la modificación del Reglamento de la Lotería Instantánea de la ONCE, que incluye la implantación de seis nuevos productos y la derogación de cuatro apéndices. La ONCE debe comunicar estas modificaciones al Consejo de Protectorado para su verificación y publicación en el BOE.


Crónica

La Secretaría de Estado de Derechos Sociales publica la modificación del Reglamento de la Lotería Instantánea de la ONCE, que incluye la implantación de seis nuevos productos y la derogación de cuatro apéndices. La ONCE debe comunicar estas modificaciones al Consejo de Protectorado para su verificación y publicación en el BOE.

La Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) es una Corporación de Derecho Público que se rige por su normativa específica y goza de autorizaciones públicas en materia de juego para financiar sus fines sociales. La modificación del Reglamento de la Lotería Instantánea de la ONCE incluye la implantación de seis nuevos productos y la derogación de cuatro apéndices, que serán publicados en el BOE como garantía para los consumidores.

La ONCE debe ajustar sus actuaciones a las prescripciones del ordenamiento vigente, que incluye la Ley 5/2011 de Economía Social y la Ley 13/2011 de regulación del juego. El Consejo de Protectorado de la ONCE verifica que las modificaciones se ajustan a la normativa citada y procede a su publicación en el BOE.

Los nuevos productos de lotería instantánea incluyen diferentes mecánicas y precios, y están dirigidos a los consumidores que buscan opciones de juego variadas. La ONCE debe comunicar estas modificaciones al Consejo de Protectorado para su verificación y publicación en el BOE, lo que garantiza la transparencia y la seguridad para los consumidores.

La modificación del Reglamento de la Lotería Instantánea de la ONCE beneficiará a la propia organización, que podrá ofrecer productos más variados y atractivos a los consumidores. Sin embargo, también puede generar costes de adaptación para la ONCE y sus distribuidores, que deberán ajustar sus sistemas y procedimientos para cumplir con las nuevas regulaciones.

Análisis

La modificación del Reglamento de la Lotería Instantánea de la ONCE refleja la necesidad de adaptarse a las demandas de los consumidores y a las regulaciones vigentes. La implantación de nuevos productos y la derogación de apéndices obsoletos permitirán a la ONCE mantener su posición en el mercado y ofrecer opciones de juego más variadas y atractivas. Sin embargo, también es importante considerar los costes de adaptación y la posible afectación a los distribuidores y consumidores.

A quién afecta

  • ONCE
  • Consumidores de loterías
  • Distribuidores de loterías
Texto íntegro del BOE desplegar

Con base en lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, que declara a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) como organización singular de economía social, la ONCE es una Corporación de Derecho Público de carácter social; que se rige por su normativa específica propia y que, para la financiación de sus fines sociales, goza de un conjunto de autorizaciones públicas en materia de juego. parrafo Asimismo, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, las loterías de ámbito estatal han quedado reservadas a los operadores que se designan por la propia ley, lo que se ha materializado en su disposición adicional primera, que designa a la ONCE como uno de los dos operadores que pueden comercializar productos de loterías de ámbito estatal. parrafo En esta materia, las actuaciones de la Organización deben ajustarse a las prescripciones del ordenamiento vigente, representado por la disposición adicional vigésima de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986; por las disposiciones adicionales primera y segunda de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego; por el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la ONCE en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE para el período 2022-2031, aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 2 de noviembre de 2021; por el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la ONCE la explotación de una lotería instantánea o presorteada; y por el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la ONCE, así como por sus vigentes Estatutos, publicados por Orden SCB/1240/2019, del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, de 18 de diciembre de 2019. parrafo De acuerdo a lo establecido en la normativa anterior, el Pleno del Consejo de Protectorado aprobó en su reunión de 14 de septie

Leer el texto completo en BOE →

Normativa anterior tocada

  • MODIFICA , MODIFICA y AÑADE, con efectos desde el 16 de septiembre de 2026, determinados apéndices del Reglamento publicado por Resolución de 29 de enero de 2026
  • MODIFICA , MODIFICA y AÑADE, con efectos desde el 16 de septiembre de 2026, determinados apéndices al Reglamento publicado por la Resolución de 4 de abril de 2023
  • MODIFICA el art. 4 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo
  • MODIFICA la disposición adicional 3 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo
  • MODIFICA el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre

Noticias relacionadas

Lo que se ha movido en este patrón

Normas semánticamente similares

Otras normas que tratan lo mismo

No son cita ni dependencia explícita — son disposiciones que el modelo encuentra similares por contenido. Útil para detectar regulaciones convergentes en el mismo dominio.

Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

La Vigencia · Boletín diario

Recibe cada mañana las novedades que te afectan

Disposiciones del BOE y EUR-Lex resumidas en castellano, con su impacto, cada mañana laborable. Sin tarjeta, cancela cuando quieras.


Página intermedia de La Vigencia. La fuente oficial es BOE — pulsa "Ver en BOE" arriba para el texto íntegro.